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Preguntas frecuentes de Comercio Industria y Servicios
¿Cómo obtengo la clave tributaria?
Es un trámite que debe realizar en forma personal el titular del comercio o
empresa. Dirigirse al mostrador de atención al público en calle Cortada
Maestros Biosca 1350 (boxes 1 y 2) los días hábiles de 7 a 12:30
horas. Vaya al
instructivo
que se ofrece en este mismo sitio
para conocer el procedimiento para cambiar la clave
(obligatorio)
al ingresar por primera vez una vez obtenida la clave tributaria provisoria.
¿Puedo delegar la clave tributaria a un tercero?
Si; una vez obtenida la clave tributaria se puede transferir la responsabilidad
del uso de la misma a un tercero, este tercero no podrá modificar esta
clave, ya que es una atribución exclusiva del titular de la cuenta.
¿Qué significa la Liquidación original del D.R eI.?
Se entiende por Liquidación
original al procedimiento de
presentar la Declaración Jurada mensual, declarando los ingresos brutos de cada
actividad, aplicándoles las alícuotas vigentes y obteniendo
así el formulario de pago para cumplir su obligación tributaria a través
de este aplicativo.
¿Qué es una Liquidación rectificativa del D.R.eI.?
Es una liquidación que corrige o
rectifica la liquidación
original emitida previamente. Recuerde que una liquidación
rectificativa genera una nueva deuda, o sea que no reemplaza a la
liquidación
original, debiendo abonar ambas liquidaciones en
caso de generar un saldo favorable para la Municipalidad.
¿Cuando debo presentar una Liquidación rectificativa del D.R.eI.?
Solo cuando la liquidación
original ya no sea recuperable
(porque ya fue abonada o esté en proceso de abonarse) y se haya producido
un error en su confección.
Si la liquidación
original aún es recuperable porque
está en su poder, puede ingresar el mismo comprobante en forma original y
cambiar las condiciones que crea conveniente hasta conseguir que la
liquidación sea correcta. Puede repetir este ciclo las veces que sea
necesario.
!No genere una liquidación rectificativa si puede
modificar la liquidación original que aún está en su poder!
¿Puedo pagar mi deuda sin moverme de mi casa u oficina?
- SI, Se encuentra habilitada la plataforma Click de Pago del Banco
Macro accesible desde esta página que le permite abonar utilizando
Tarjetas de débito o crédito emitidas por cualquier
entidad bancaria, como también vía DEBIN (tranferencia electrónica).
Si elige pagar por DEBIN para utilizar correctamente este
servicio, previamente Usted debe gestionar ante su entidad bancaria
la autorización del uso del DEBIN (que recordemos es una transferencia
inmediata entre cuentas bancarias). NO ES NECESARIO SER CLIENTE DEL BANCO
MACRO PARA PAGAR CON ESTA PLATAFORMA.
- Se habilitó el botón de pago de la Empresa Pago Fácil accesible
desde esta página que
permite abonar la deuda que Usted elija utilizando su tarjeta de débito, sin asistir
al local de pago de la empresa ni instalar ningún aplicativo. Por comodidad
Usted también puede instalar este botón de pago en su dispositivo móvil,
permitiendo pagar con su tarjeta de débito enfocando el código de barras
impreso con la cámara de su teléfono.
- La empresa PagoFacil dispone de un sitio web que lo puede ver
Aquí para pagar
directamente por web sin necesidad de instalar ningún aplicativo ni
concurrir al local de pago de la empresa, Para eso elija la primera de las opciones CON FACTURA, deberá
introducir el código de barras (de 60 caracteres) obtenido al imprimir el
o los comprobantes de pago de nuestra página; luego el
aplicativo le solicitará la tarjeta de débito (NO crédito) y LISTO.
Recibirá un
correo de la empresa con el comprobante de pago igual al que le entregan en el
local.Sugerimos que copie y pegue los 60 dígitos del código
de barras para evitar errores, evite tiperalos.
Por Último puede utilizar las billeteras Mercado Pago, Uala,
Tarjeta Naranja o Claro Pay aplicaciones que se instalan en su disposivito
móvil y permiten pagar servicios, enfocando el código de barras con la cámara
del dispositivo.
¿Puedo abonar mis deudas de Comercio, Industria y Servicio por
Banca electónica (Home Banking)?
Ese tipo de deudas NO SE PUEDE abonar por ese medio, no obstante tiene disponible
otros canales de pago incluso a través de aplicaciones que permiten abonar
este tributo en forma remota utilizando su computadora o teléfono móvil,
cuenta para ello con el
Botón Click de Pago del Banco Macro accesible desde aquí,
el Botón de Pago de
PagoFacil y la aplicación MercadoPago.
¿Puedo liquidar y pagar el tributo anual por Carteles y letreros publicitarios?
Esta versión del aplicativo le permite declarar los carteles y letreros y luego
proceder a liquidarlos para obtener el comprobante de pago que se puede abonar por
los canales de pago aquí descritos.
¿Si mi empresa es considerado Agente de Retención de DREI, puedo liquidar y abonar esta obligación?
Solo pueden utilizar esta facilidad los comercios y/o empresas que cuenten con la clave
tributaria. Esta versión permite a los comercios y/o empresas que son Agentes de Retención
del DREI presentar las distintas retenciones efectuadas a terceros, declarando los
datos que el aplicativo solicite. Luego de eso, se procede a liquidar estas retenciones
para obtener asi el comprobante de pago que se puede abonar por los canales de pago
aquí descritos.
¿Cómo puedo imprimir mi comprobante de pago por un convenio de deuda atrasada por D.R.e I.
si no tengo la clave tributaria?
Desde este sitio de auto gestión tributaria
https://servicios.sanlorenzo.gov.ar
,
elija el menú superior en azul
Comercios e Industrias
y elija el botón
Ingresar sin clave tributaria, luego ingrese
su
cuenta o inscripción con los ceros iniciales y finales y el aplicativo
le mostrará las cuotas vigentes de su convenio de pago, junto con otras deuda
que podrá obtener para poder asi abonarlas en los medios de pago ya descritos.
Tenga en cuenta que si no tiene clave tributaria, no podrá acceder a deudas
relacionadas al Derecho de Registro e Inspección.
¿Puedo utilizar los créditos a mi favor?
SI; debe elegirlos junto con el resto de la deuda que quiera abonar, teniendo en
cuenta que se emitirá el comprobante de pago siempre y cuando tenga un
saldo positivo que pagar. No podrá utilizarlos si la suma final de lo que
quiera abonar resultare un valor negativo. De igual forma, puede imprimir este
comprobante en forma individual, pero no puede abonarlo individualmente ya que
carece de código de barras. Estos créditos reducen el valor de la
deuda que Usted deba abonar.
¿Cuánto tiempo tardan mis pagos en impactar en el sistema?
Si Usted elige abonar en nuestras Cajas de recaudación municipal, el impacto
es en tiempo real (inmediato), aquí puede abonar en efectivo, cheque y
también con tarjeta de débito. Si elije cualquiera de los canales
de pago externos (Banca electrónica, RapiPago, PagoFacil, MercadoPago,
Botón de pago, vía web, etc.)
tiene que estimar un lapso de entre veinticuatro y setenta y dos horas, esto
último puede suceder por los días no hábiles que pueda haber
desde el día de su pago, también influye el horario de cierre
de algunas entidades de cobro.
¿Puedo abonar con cheque?
SI, solo en nuestras cajas de recaudación municipal, debe estar debidamente
endosado y debe estar librado para cobrarse en el día (no tipo Cheque de
Pago Diferido).
¿Puedo abonar con tarjeta de débito?
SI, tanto sea en
nuestras cajas de recaudación municipal, con
Click de Pago del Banco Macro, accesible desde esta página, con todos los
medios que ofrece
Pago Facil, con la billetera
Mercado Pago y con
las tarjetas pre cargables de
Uala, Tarjeta Naranja y Claro Pay que tenga instalada en su
dispositivo móvil. Ingrese a los portales de
RapiPago y Santa Fe Servicios para corroborar cuales de estas entidades
aceptan tarjeta de débito.
¿Puedo abonar con tarjeta de crédito?
SI, a través de
Click de Pago del Banco Macro accesible desde
esta página, también puede hacerlo con la billetera de
Mercado Pago, que tenga instalada en su
dispositivo móvil. Ingrese a los portales de
RapiPago y Santa Fe Servicios para
corroborar si estas entidades aceptan cobros a través de tarjetas de
crédito. NO puede hacerlo en nuestras cajas de recaudación municipal.
¿Puedo abonar mis obligaciones tributarias por transferencia bancaria?
SI, puede hacerlo utilizando la plataforma
Click de Pago del Banco
Macro, accesible desde esta página
NO SIENDO NECESARIO SER CLIENTE
DEL BANCO MACRO PARA UTILIZARLA. Si Usted abonó en el pasado con
transferencias tradicionales, las mismas dejarán de ser procesadas a partir de
una fecha cercana que se avisará con antelación, pasado ese lapso, será obligatorio
canalizar sus pagos vía transferencias tradicionales utilizando este medio y
eligiendo
DEBIN como instrumento de pago. La plataforma del banco
relacionará los comprobantes que Usted elija y hará por Usted el envío de dinero
entre cuentas bancarias, recibirá un correo con los comprobantes que haya abonado
y también podrá imprimirlos para su control.
¿Puedo adherirme al pago a través del débito automático?
NO puede hacerlo, no utilizamos al momento cobros por débito automático.
¿Puedo realizar convenios de pago con este aplicativo?
NO, los convenios de pago se hacen en forma presencial, con la firma de la
persona que acredite titularidad, sea apoderado o representante del anterior, este
aplicativo si le mostrará ejemplos de planes
en cuotas para que Usted elija la forma de pago más conveniente a sus
necesidades.
¿Como puedo abonar mi deuda en cuotas sin asistir a la Municipalidad?
SOLO SI utiliza para pagar una tarjeta de crédito en la plataforma
Click de Pago
de Banco Macro o la billetera de Mercado Pago, tiene la posibilidad de
adherirse a los distintos planes que ofrezca cada tarjeta, por ejemplo Plan V
en VISA, Plan Z en Tarjeta naranja, etc. Consulte con su banco emisor sobre
esos planes de pago que indudablemente tendrán costos de financiación a su cargo.
¿Por que no puedo abonar la deuda en instancia judicial?
Si Usted elige para abonar las deudas en instancia judicial (que se muestran en
la grilla con encabezado color ocre) y recibe el mensaje
El certificado
judicial ...no está liberado para el pago, quiere decir que deberá
antes cancelar los honorarios al Ejecutor fiscal, para eso comunicarse por mail
o vía telefónica según el origen de la deuda.
¿Puedo obtener los comprobantes de pago contado de mis deudas vencidas?
SI, obtendrá esos comprobantes impresos con los respectivos códigos
de barra que le permitirán abonarlos en los medios de pago ofrecidos.
Tenga en cuenta que las deudas vencidas no se pueden
abonar utilizando la banca electrónica (Home banking) ya que allí
solo encontrará las deudas regulares de Rentas Inmobiliarias y
Cementerio pero del mes en curso, no las deudas vencidas. Para ello tiene el resto
de los medios de pago.
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