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¿Cómo obtengo la clave tributaria?
Es un trámite que debe realizar en forma personal el titular del comercio o
empresa. Dirigirse al mostrador de atención al público en calle Cortada
Maestros Biosca 1350 (boxes 1 y 2) los días hábiles de 7 a 12:30
horas. Vaya al
instructivo
que se ofrece en este mismo sitio
para conocer el procedimiento para cambiar la clave
(obligatorio)
al ingresar por primera vez una vez obtenida la clave tributaria provisoria.
¿Puedo delegar la clave tributaria a un tercero?
Si; una vez obtenida la clave tributaria se puede transferir la responsabilidad
del uso de la misma a un tercero, este tercero no podrá modificar esta
clave, ya que es una atribución exclusiva del titular de la cuenta.
¿Qué significa la Liquidación original del D.R eI.?
Se entiende por Liquidación
original al procedimiento de
presentar la Declaración Jurada mensual, declarando los ingresos brutos de cada
actividad, aplicándoles las alícuotas vigentes y obteniendo
así el formulario de pago para cumplir su obligación tributaria a través
de este aplicativo.
¿Qué es una Liquidación rectificativa del D.R.eI.?
Es una liquidación que corrige o
rectifica la liquidación
original emitida previamente. Recuerde que una liquidación
rectificativa genera una nueva deuda, o sea que no reemplaza a la
liquidación
original, debiendo abonar ambas liquidaciones en
caso de generar un saldo favorable para la Municipalidad.
¿Cuando debo presentar una Liquidación rectificativa del D.R.eI.?
Solo cuando la liquidación
original ya no sea recuperable
(porque ya fue abonada o esté en proceso de abonarse) y se haya producido
un error en su confección.
Si la liquidación
original aún es recuperable porque
está en su poder, puede ingresar el mismo comprobante en forma original y
cambiar las condiciones que crea conveniente hasta conseguir que la
liquidación sea correcta. Puede repetir este ciclo las veces que sea
necesario.
!No genere una liquidación rectificativa si puede
modificar la liquidación original que aún está en su poder!
¿Dónde debo abonar mi liquidación original, rectificativa
o cualquier otra deuda tributaria?
En
las cajas municipales ubicadas en Cortada Maestros Biosca 1350,
los días hábiles de 7 a 12:30, en la red de cajeros
habilitados tanto sea de
Santa Fe Servicios dependiente del Nuevo Banco de
Santa Fe,
RapiPago y PagoFacil, también puede hacerlo en las sucursales
del
Banco Municipal de Rosario. Se encuentran habilitadas las aplicaciones
billetera electrónica de PagoFacil, esta empresa brinda también
la posibilidad de pagar por
pago directo vía web además de contar
con el botón de pago que se activan desde esta página municipal
una vez que confirma la deuda que desea abonar. Por o lado cuenta también
con la
aplicación móvil de MercadoPago.
¿Puedo abonar mis deudas de Comercio, Industria y Servicio por
Banca electónica (Home Banking)?
Ese tipo de deudas NO SE PUEDE abonar por ese medio, no obstante tiene disponible
otros canales de pago incluso a través de aplicaciones que permiten abonar
este tributo en forma remota utilizando su computadora o teléfono móvil,
cuenta para ello con la
billetera electrónica de PagoFacil y la aplicación
MercadoPago.
¿Puedo liquidar y pagar el tributo anual por Carteles y letreros publicitarios?
Esta versión del aplicativo le permite declarar los carteles y letreros y luego
proceder a liquidarlos para obtener el comprobante de pago que se puede abonar por
los canales de pago aquí descritos.
¿Si mi empresa es considerado Agente de Retención de DREI, puedo liquidar y abonar esta obligación?
Solo pueden utilizar esta facilidad los comercios y/o empresas que cuenten con la clave
tributaria. Esta versión permite a los comercios y/o empresas que son Agentes de Retención
del DREI presentar las distintas retenciones efectuadas a terceros, declarando los
datos que el aplicativo solicite. Luego de eso, se procede a liquidar estas retenciones
para obtener asi el comprobante de pago que se puede abonar por los canales de pago
aquí descritos.
¿Cómo puedo imprimir mi comprobante de pago por un convenio de deuda atrasada por D.R.e I.
si no tengo la clave tributaria?
Desde este sitio de auto gestión tributaria
https://servicios.sanlorenzo.gov.ar
,
elija el menú superior en azul
Comercios e Industrias
y elija el botón
Ingresar sin clave tributaria, luego ingrese
su
cuenta o inscripción con los ceros iniciales y finales y el aplicativo
le mostrará las cuotas vigentes de su convenio de pago, junto con otras deuda
que podrá obtener para poder asi abonarlas en los medios de pago ya descritos.
Tenga en cuenta que si no tiene clave tributaria, no podrá acceder a deudas
relacionadas al Derecho de Registro e Inspección.
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